Alvaro Pizarro Alvarez

Alvaro Pizarro Alvarez

Viernes, 22 Noviembre 2013 17:08

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Viernes, 22 Noviembre 2013 16:37

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Viernes, 22 Noviembre 2013 16:17

¿ Que Es ?

  • 1. Qué es una Inscripción?
  • Es un extracto de la escritura que se inscribe en el registro correspondiente.
  • 2. Qué son los Datos de la Inscripción?
  • Son: fojas, número y año de la inscripción cuyo certificado es solicitado.
  • 3. Qué se entiende por Inscripción de Propiedad?
  • Es la inscripción que indica quien es el dueño de un inmueble.
  • 4. Qué se entiende por Propiedad?
  • La propiedad o dominio es el derecho real sobre una cosa corporal para usar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o derecho ajeno.
  • 5. Qué es un Bien Mueble?
  • Son las cosas que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a si mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.
  • 6. Qué es un Bien Inmueble?
  • Son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios, los árboles.
  • 7. Qué es una Inscripción de Hipoteca?
  • Es una garantía que se inscribe en el Registro de Hipotecas y que afecta a un inmueble, el cual no deja de permanecer en poder del deudor.
  • 8. Qué es una Prohibición?
  • Es un impedimento u obstáculo de actuar sobre un inmueble. Ejemplo, Prohibición de vender, de arrendar, etc.
  • 9. Qué es una Prenda?
  • Es un bien mueble entregado a un acreedor para asegurar su crédito.
  • 10. Qué es una Interdicción?
  • Es una prohibición que se impone a las personas declaradas interdictas.
  • 11. Qué es un Registro?
  • Es un Libro que se inicia cada año, donde quedan materializadas las inscripciones; Se empieza un nuevo tomo cada 500 fojas.
  • 12. Qué es el Libro de Repertorio?
  • Es el libro en el cual se indexan las anotaciones de los títulos que se presenten al Conservador de Bienes Raíces bajo un número correlativo según el orden de presentación, y que contiene nombres, apellidos, naturaleza del acto o contrato, clase de inscripción, hora, día, mes y registro parcial en que debe hacerse la inscripción.
  • 13. Qué es una Escritura?
  • Son contratos escritos efectuados ante un Notario público quien actúa como ministro de fe.
  • 14. Qué es una Certificación?
  • Es una constancia escrita de los actos efectuados en los registros correspondientes.
  • 15. Qué es un Certificado de Dominio Vigente?
  • Es un certificado de indica quien es el actual propietario de un inmueble.
  • 16. Qué es un Certificado de Hipotecas y Gravámenes?
  • Es un certificado que muestra todas las hipotecas y gravámenes prohibiciones e interdicciones que pueda tener una propiedad.
  • 17. Qué es un Certificado de Vigencia de Sociedad?
  • Es un certificado que indica si una sociedad está vigente.
  • 18. Qué es el Oficio Conservatorio?
  • Oficio Conservatorio se refiere a la dirección o ubicación de las dependencias del Conservador.
  • 19. Qué sucede si no realizo la inscripción de una propiedad en el conservador?
  • De no realizarse este trámite no se produce la tradición del inmueble, por lo tanto no hay un cambio de propietario.
  • 20. Cómo averiguar el valor que debo cancelar por un trámite?
  • El valor de cada documento solicitado se señala en los aranceles del Conservador, en el caso de cada solicitud de copias en particular, se enviará una respuesta con el valor exacto de su solicitud.
  • 21. Cómo buscar datos de la inscripción?
  • Puede hacerlo a través de los índices que el mismo Conservador ha dispuesto para su consulta.
  • 22. Qué es un Reparo?
  • Es un error u omisión en alguno de los requisitos en la solicitud presentada.
  • 23. Qué es un Estado de Trabajo?
  • Es el avance que ha tenido su solicitud, la etapa de desarrollo en que se encuentra.
  • 24. Cómo saber en qué etapa se encuentra mi solicitud?
  • Ingresando el número de carátula que se asignó a su solicitud en "Estado de Solicitud"
    Ud. podrá informarse de los avances de su gestión.
Viernes, 22 Noviembre 2013 15:27

¿Qué tengo que llevar?

  • 1. Inscripción de Propiedades
  • Se requiere presentar los siguientes documentos:
    * Copia auténtica del título respectivo o de la sentencia o decreto judicial. El Conservador admitirá como copia auténtica toda copia autorizada con las solemnidades legales por el notario o funcionario competente.
    * Certificado de Deuda de Contribuciones en el que conste que se encuentran canceladas al día.
    * Formulario 2890 del SII suscrito por el notario que entregó la escritura pública. En caso de inscribir por resolución judicial, el Conservador provee de dicho formulario.
  • 2. Inscripción de Posesión Efectiva
  • Hay que distinguir entre herencias testadas y abiertas en el extranjero; y las intestadas y abiertas en Chile.
    En el caso de que el causante no haya testado; se debe acudir al Servicio de Registro Civil y solicitar la Posesión Efectiva. Cumplido este trámite, debe presentar la documentación obtenida para que se realice la inscripción por el Conservador.
    En cuanto a las herencias testadas y las abiertas en el extranjero; deben ser tramitadas ante el tribunal por un profesional competente y una vez completado el proceso, la documentación es remitida a este oficio por un receptor judicial, el cual tramita la inscripción.

    La documentación requerida en este último caso es la siguiente:
    * Copia del testamento.
    * Copia de la posesión efectiva.
    Ambas copias deben estar debidamente autorizadas y legalizadas.
  • 3. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes
  • Se requiere presentar los siguientes documentos:
    * Escritura de constitución de gravamen.
    * Certificado de contribuciones al día o certificado de avalúo fiscal vigente en caso de encontrarse exento de contribuciones.
  • 4. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones
  • Se requiere presentar los siguientes documentos:
    * Escritura de constitución de la prohibición.
    * No se requiere acreditar las contribuciones al día.
  • 5. Inscripciones de Comercio (Sociedades, Mandatos o Actas)
  • Han de proporcionarse dos extractos de la escritura de constitución o modificación según sea el caso y el Diario Oficial del día en que se publicó el extracto para anotar la subinscripción al margen. Si se desea inscribir un mandato o acta, se debe acompañar la reducción a escritura pública respectiva.
  • 6. Inscripción de Prendas
  • Se requiere presentar los siguientes documentos:
    * Escritura de constitución de la prenda.
    * En caso contrato privado, se deben presentar dos copias.
  • 7. Inscripción de Propiedad de Aguas
  • Se requiere presentar cualquiera de los siguientes documentos:
    * Escritura de compraventa.
    * Expediente de la resolución judicial.
    * Reducción a escritura pública de la resolución de la Dirección General de Aguas.
    * Expediente en el caso de existir herencia.
  • 8. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes de Aguas
  • Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial.
  • 9. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones de Aguas
  • Se requiere presentar la escritura de constitución de la prohibición o, en su defecto, la resolución judicial.
  • 10. Inscripción de Descubrimiento de Minas
  • Se requiere presentar la resolución judicial.
  • 11. Inscripción de Propiedad de Minas
  • Se requiere presentar los siguientes documentos:
    * Escritura.
    * Sentencia de explotación donde se debe proporcionar la resolución judicial y el acta de mensura otorgada por el Servicio de Minería. Además debe presentar la publicación del extracto en el boletín de minería de Santiago y su respectivo plano.
  • 12. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes de Minas
  • Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial.
  • 13. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones de Minas
  • Se requiere presentar la escritura de constitución de la prohibición o, en su defecto, la resolución judicial.
  • 14. Inscripción de Accionistas de Minas
  • Se requiere presentar los siguientes documentos:
    * Resolución judicial de las sociedades que se forman por el sólo ministerio de la ley.
    * Escritura de la sociedad cuando dichas sociedades ya estén constituidas.
  • 15. Solicitar copias o certificados
  • Se deben indicar los datos de la inscripción, son del caso: fojas, número y año; y el registro al que se refiere la solicitud en cuestión. Respecto a las copias debe averiguar, además, el número de carillas que tiene la inscripción, dato que se le proporcionará en este oficio.
Viernes, 08 Noviembre 2013 10:43

Pago a través de Tesorería

Pago a través de Tesorería

Jueves, 07 Noviembre 2013 19:16

Verificación de Documentos

Jueves, 07 Noviembre 2013 18:38

Dónde estamos

Mejorando su atención:

Solicitud de Documentos:

José Manuel Irarrázabal 0180

Tercer Piso
Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 8:30 a 14:00 horas.

Retiro de Documentos

José Manuel Irarrázabal 0180

Cuarto Piso oficina # 401
Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas.

Jueves, 07 Noviembre 2013 18:37

Jurisdicción

El Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto ejerce en las comunas de Puente Alto y San José de Maipo.
Jueves, 07 Noviembre 2013 18:36

Quiénes Somos

El Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto con jurisdicción sobre las comunas de Puente Alto y San José de Maipo, funciona desde el primero de Enero de 1959 por disposición de la Ley 12997 que creó el departamento de Puente Alto, y del nombramiento del Conservador efectuado por Decreto N° 5372 de 13 de Octubre de 1958 del Ministerio de Justicia.

Actualmente don SERGIO RODRIGO YÁBER LOZANO desempeña el cargo de Conservador de Bienes Raíces, de Comercio, Minas y Archivero Judicial, desde el 06 de Noviembre de 2018, nombrado por Decreto Supremo Nº 862 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con fecha 14 de septiembre de 2018. Con anterioridad, ocupó el cargo de Notario Público de Coquimbo por casi 18 años y antes, fue Notario Público Interino en la ciudad de Valparaíso durante 6 meses.